Titulación y Registro de Propiedad
Los títulos de propiedad de Panamá son muy similares a los de “pleno dominio” en Estados Unidos.
Panamá tiene un Registro Público muy sofisticado con un Departamento de Catastro que supervisa el registro de los títulos de propiedad del país.
El título de propiedad es el documento legal preferido ya que es fácilmente verificable en el Sistema de Registro Público, así como también proporciona la mayor seguridad de las leyes panameñas de bienes raíces, así como un punto de vista exacto sobre las inversiones, pues la propiedad privada está garantizada por la Constitución de la República de Panamá.
El proceso de titulación es un procedimiento largo, el cual exige los siguientes requerimientos:
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Poder de un Abogado
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Aplicación o solicitud de titulación
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Constancia de cómo fue adquirida la posesión (Por ejemplo, a través de un Contrato de Compra de Derechos de Posesión)
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Certificación emitida por la Autoridad Gubernamental haciendo constar los derechos de posesión (Catastro, Reforma Agraria, Alcaldía, Corregido y/o testigo)
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Plano original firmado por un Ingeniero Oficial Autorizado.
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Certificación del Consejo Municipal, haciendo constar que no existe oposición a tal titulación.
Juicio de Sucesión en Panamá
El Proceso de Juicio de Sucesión de Bienes en Panamá.
Una vez pasado el duelo, las personas que cercanas al difunto, se preguntarán ¿qué pasa con todos los bienes qué pertenecían al difunto? Preguntas cómo quién o ¿quiénes son sus herederos?, ¿quiénes tienen derecho a heredar? ¿Por dónde comienzo? Es entonces cuándo surge la incertidumbre.
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Lo primero, es saber si el difunto tenía o no un testamento.
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Lo segundo, es contactar con un Abogado para solicitar proceder con un Proceso de Juicio de Sucesión de Bienes para que un Juez adjudique los bienes.
En cuanto a lo primero, deberá tomar en cuenta que existen dos tipos de Procesos de Sucesión de bienes en Panamá:
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Sucesión Testada de Bienes en Panamá.
La sucesión Testada en Panamá, es aquella en la que el difunto ha dejado constancia de su voluntad mediante un testamento.
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La Sucesión Intestada en Panamá.
La sucesión Intestada, es aquella en la que no existe constancia legal del difunto para repartir sus bienes o bien, en la que existe una constancia pero que no cumple los requisitos por Ley. En este caso, la distribución de los bienes se hace entre las personas llamadas a heredar de acuerdo a lo que la ley dispone.
En ocasiones las personas relacionadas al difunto, saben sí existe o no existe un Testamento, pero no están seguros de los detalles del mismo, ni cuándo, ni dónde fue que el difunto lo realizó.
En nuestro equipo de trabajo le brindamos los servicios de investigación para saber en qué Notaría de la República de Panamá, el difunto dejó constancia de su Testamento.
Entendemos que en ocasiones es mucha información difícil de procesar para los sobrevivientes al fallecido. A continuación los procesos de sucesión:
Proceso de Sucesión Testado en Panamá
El proceso sucesorio Testado asume la existencia de un testamento legal por parte del difunto. Los requisitos básicos para comenzar el proceso sucesorio son:
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Poder a favor de Abogado.
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Original del acta de defunción.
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Copia del testamento.
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Identificación de las personas mencionadas en el testamento.
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Lista de bienes muebles o inmuebles a distribuir.
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Avalúo de bienes muebles e inmuebles a distribuir.
Una vez que los documentos son recibidos en el juzgado, se procede a abrir el juicio de sucesión testamentaria en donde el Juez declara como herederos a las personas designadas en el testamento.
En este juicio, el juez emitirá un acta de declaratoria de heredero que debe ser publicado en un periódico de cobertura nacional durante tres días, tras los cuales se procederá a la adjudicación de los bienes.
Se estima que el proceso sucesión Testado en Panamá puede durar de 4 a 8 meses aproximadamente, cuando todos los herederos están de acuerdo y toda la documentación está en regla. Sin embargo, en algunos juzgados del interior puede tomar entre 12 y 36 meses aproximadamente.
Proceso Sucesión Intestado en Panamá
La sucesión intestada es cuando se asume la inexistencia de un Testamento. En este caso, los requisitos básicos para comenzar el proceso sucesorio son:
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Poder a favor de Abogado.
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Certificado de defunción.
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Obtener certificación de no testamento de todas las notarías panameñas.
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Certificado de nacimiento de los hijos, si los hay.
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Certificado de matrimonio, si es el caso.
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Lista de bienes muebles o inmuebles a heredar.
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Avalúo de bienes muebles e inmuebles a heredar. (Se debe mencionar que el avaluó de bienes debe ser idóneo, determinando el valor del mercado no solo de activos existente en el Registro Público (como bienes raíces o automóviles o naves), sino también considerando activos como obras de arte, acciones en la bolsa de valores o en empresas privadas).
Una vez que la autoridad competente valora y recibe la documentación aportada, se abre el juicio de sucesión. Después de valorar la documentación, trámite que puede tomar varias semanas, el notario procede a declarar herederos a los que han acreditado su vínculo con el causante y extiende un acta notarial.
Se estima que el proceso sucesión intestado puede durar de 4 a 8 meses aproximadamente cuando todas las partes están de acuerdo y toda la documentación está en regla. Pero igualmente, el proceso en juzgados del interior puede tomar entre 12 y 36 meses aproximadamente.
Testamento
Testamento en Panamá
Un testamento es el documento necesario para heredar.
Cuando se es joven y lleno de vida, es difícil en pensar que un día llegaremos a morir. Es cuando vamos llegando a la madurez y que hemos alcanzado algunas metas financieras cuando nos detenemos a pensar, ¿qué pasará con nuestros bienes una vez que fallecemos?
Lo más recomendable es dejar a un Abogado o persona de su confianza, sus deseos o sentir en cuanto, a qué bienes o patrimonio, va a repartir después de su muerte. Esto evitará discusiones y situaciones incómodas entre la familia (ya sea cercana o lejana) o sus amistades que a lo mejor sentirán que tiene derecho de reclamar sus bienes o herencia.
Por lo tanto, el testamento es el documento que sirve como herramienta legal para asegurar que se cumpla la voluntad del difunto, siempre y cuando este documento cumpla con los requisitos de la ley 2 del 22 de agosto de 1916 del Código Civil de Panamá.
Una vez la persona fallece, su voluntad en el testamento debe ser confirmado en un proceso de sucesión.
En Panamá hay dos tipos de proceso sucesorio: testado (cuando existe testamento de acuerdo a la ley), o intestado (cuando no existe testamento; o cuando el testamento existe, pero no cumple con los requisitos de ley).
Clases de testamentos en Panamá
Las tres clases de testamentos más utilizados son:
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El Testamento Ológrafo: Es el escrito completamente a mano por el testador. Para evitar nulidad en este tipo de documentos, es necesario que contemple ciertas formalidades, como la ausencia de tachaduras, el uso de letra legible, definir lugar y fecha de su escritura, presentar legiblemente nombre y firma del testador, así como la lista de bienes y de los correspondientes herederos o legatarios.
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El Testamento Abierto: Es el escrito ante un Notario Público de Panamá, que a la vez actúa como testigo. Dicho notario presenta el testamento como escritura pública y lo inserta en el protocolo notarial, reduciendo el riesgo de destrucción o pérdida. Aun que es uno de los métodos más sencillos, tiene la desventaja de que su contenido puede ser de conocimiento público.
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El Testamento Cerrado: Este es cuando la persona redacta su testamento, y luego es entregado a un notario para ser sellado, pero sin que el notario (o cualquier otra persona) tenga conocimiento público del contenido. En este tipo de testamentos, el sello del notario demuestra que su contenido es voluntad del difunto.
Adicionalmente, existen otros tipos de testamento como el militar, el marítimo, y el inscrito en el extranjero. El testamento inscrito en el extranjero tiene la particularidad de que debe seguir el proceso de autenticación con sellos de legalización para ser válido en Panamá.
¿Cómo Se Distribuyen Los Bienes Patrimoniales En Los Testamentos En Panamá?
La ley panameña distingue dos formas de distribuir bienes en un testamento:
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A Título Universal: Cuando se transmite la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones en porcentajes designados a cada heredero. Por ejemplo, designar el cincuenta por ciento (50%) del valor de los bienes a una persona.
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A Título Singular o A Título Particular: Cuando se transmite un inmueble o derecho particular a una o varias personas. Por ejemplo, transmitir el título de una propiedad a nombre de una persona.
Cabe destacar que no siempre el testador podrá dejar sus bienes a quien desea, ya que existen obligaciones legales con los descendientes (hijos), ascendientes (padres) y cónyuge (si existe), a quienes se les denomina como herederos forzosos.
Al heredar se debe tomar en cuenta que se transmiten tanto las obligaciones como los derechos del causante.
En esta medida, los herederos tienen también la posibilidad de presentar acciones contra aquellas personas en las cuales el causante tenga reclamaciones que realizar; así como también, tienen la legitimación de intervenir en los procesos en donde el causante haya sido demandado, y para esto se requiere ser declarado heredero de dicha persona, lo cual se logra una vez haya accionado el proceso de sucesión.